LNI. DIANA LAURA CALATA HURTADO
Derivado del proceso de globalización, integración de economías y fortalecimiento de relaciones comerciales entre países, las empresas alrededor del mundo, así como de nuestro país, han podido dirigir sus objetivos comerciales hacia la internacionalización de su marca y de sus productos.
Para cumplir estas metas, las empresas han buscado diversas estrategias de venta y comercialización, optando por profundizar en el estudio y entendimiento de los diversos Tratados de Libre Comercio suscritos por nuestro país, de manera que les sea posible acogerse del beneficio de diversas preferencias arancelarias pactadas en ellos, siendo los Certificados de Origen el instrumento idóneo a través de los cuales se logra la posibilidad de aplicación de precios más competitivos en destino, ya que estos certificados vuelven posible que las empresas puedan ofrecer a sus filiales y clientes, importaciones libres o con reducciones de aranceles, una vez que los productos son previamente analizados y considerados como elegibles bajo los criterios y reglas del propio tratado.
Es importante destacar que actualmente nuestro país cuenta con 14 Tratados de Libre Comercio con 50 países, así como diversos acuerdos comerciales, lo que advierte una gran cantidad de mercados posibles, así como diversos beneficios no sólo para la liberalización de gravámenes y restricciones, ya que estos tratados buscan también diversificar el comercio, fomentar y aumentar la inversión extranjera, eliminar barreras que impidan la libre circulación de bienes y servicios, y garantizar el crecimiento y desarrollo económico, comercial y social de las partes.
Con este antecedente, muchos exportadores del país han comenzado a incluir en sus documentos de exportación estos Certificados de Origen, tanto aquellos que son de libre de reproducción como los certificados que requieren una autorización previa por parte de la Secretaría de Economía (SE); esto para destinos diferentes, siendo uno de los más frecuentes la Unión Europea, o bien, los certificados EUR1.
Sin embargo, a partir de junio de 2019 y derivado del alto volumen de solicitudes recibidas por la SE, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior estableció la suspensión de la emisión de Certificados de Origen, esto para el marco del Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea, del Tratado de Libre Comercio de la Asociación Europea de Libre Comercio, del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre México y Japón, y del Acuerdo de Continuidad Comercial entre México y Reino Unido. En su lugar, se deberá solicitar el Número de Exportador Autorizado (NEA).
Este carácter de Exportador Autorizado se trata de una autorización concedida por la Secretaría de Economía que permite realizar exportaciones aplicando preferencias arancelarias sin la obligación de contar con un Certificado de Origen, para aquellas mercancías que cumplen con su regla de origen de acuerdo al Tratado o Acuerdo correspondiente.
Para obtener este NEA, es necesario contar con la autorización del Registro de Productos Elegibles para Preferencias Arancelarias para la Obtención de Certificados de Origen (RPE) de las mercancías que se busca exportar con estas preferencias; en dicho trámite se seleccionará la opción para obtener el citado número y, una vez autorizado, podrá declararse en las facturas correspondientes a las operaciones que desee realizar la empresa.
Esta instrucción emitida por la autoridad exigirá a las compañías realizar ajustes en sus sistemas corporativos de facturación para que la declaración del texto pueda ser habilitada. Adicionalmente, la empresa exportadora deberá asegurarse que esta declaración corresponda a lo estipulado en el propio tratado bajo el que se esté amparando, de manera que la aplicación del beneficio pueda ser válida.
Con estas consideraciones, se agilizará el proceso de emisión, ya que los tiempos de obtención de los Certificados de los Tratados y Acuerdo mencionados eran mayores y hoy con la simple declaración en factura se podrá de manera más ágil aplicar el beneficio en Despacho y que los destinatarios, así como el exportador, puedan verse favorecidos.
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